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Política de privacidad

D.C.

Registro de votantes- Requisitos sobre el documento de identificación - Formas aceptables de identificación - Voto por adelantado - Voto en ausencia - Voto provisional - Boletas de votacíon - Tipo de elecciones internas

Información de contacto del estado
Junta Electoral y de Ética

441 4th Street, NW
Suite 250 North
Washington, DC 20016

Teléfono: 202-727-2525
Fax: 202-347-2648
Correo electrónico: boee@dc.gov
Sitio en Internet: http://www.dcboee.org

Registro de votantes

Para registrarse como votante en el Districto de Columbia, una persona debe:

  • Ser ciudadano estadounidense
  • Ser residente del Districto de Columbia
  • Haber cumplido los 18 años de edad antes de/o para el próximo día de las elecciones

Personas que reunan los requisitos para registrarse como votantes pueden llenar un formulario de registro de correo. Formularios también están disponibles en:

  • Bibliotecas públicas en DC
  • Estaciones de bomberos
  • Comisarias

Las personas que cumplan con los requisitos también pueden registrarse por Internet, sin embargo, una vez que hayan completado una solicitud de registro nueva o una solicitud de cambio de nombre, partido político o dirección, deberán enviar un formulario firmado a la Junta Electoral de D.C., Atn: e-Government Division, 441 4th Street, NW, Suite 250 North Washington, DC 20001. Para obtener más información sobre la registro de votantes visite: http://www.dcboee.org/voter_info/gen_info/ o comuníquese con la Junta Electoral y de Ética de D.C.

Para consultar la situación de su registro como votante, visite: http://www.dcboee.org/voter_info/reg_status/

Personas que votan por primera vez
Todas las personas que votan por primera vez y que se hayan registrado por correo deberán proporcionar un documento de identificación antes de votar. Para evitar tener que presentar el documento de identificación antes de emitir un voto para un cargo federal en el lugar de votación el día de las elecciones, o al emitir un voto por correo, debe incluir una COPIA de una identificación válida, con fotografía, o una COPIA de una factura de servicios públicos, estados de cuenta de un banco, cheque de gobierno, cheque de pago u otro documento que indique su nombre junto con este formulario. Si no presenta prueba de su identidad, usted emitirá un voto provisional.

Cierre de registro: 30 días antes de las elecciones.

Requisitos sobre el documento de identificación

En la actualidad, el Distrito de Columbia exige los requisitos mínimos de identificación según la ley HAVA (consultar la sección sobre "Voto provisional" para obtener más información sobre la ley HAVA), lo que significa que solamente las personas que votan por primera vez, que se hayan registrado por correo y no proporcionaron la verificación del documento de identificación con su solicitud de registro, deberán presentar su identificación - se aceptan documentos de identificación con y sin fotografía.

Aunque la ley electoral de D.C. no exige que los votantes presenten identificación, a excepción de algunas personas que votan por primera vez tal como se describió anteriormente, algunos lugares de votación exigen un documento de identificación para ingresar al edificio. La Junta, por consiguiente, aconseja a los votantes llevar alguna forma de identificación al lugar de votación.

Formas aceptables de identificación

Una identificación válida con fotografía

  • Una copia de una factura de servicios públicos
  • Estado de cuenta de un banco
  • Cheque del gobierno
  • Cheque de pago
  • Otro documento emitido por el gobierno que indique su nombre y dirección

Voto por Adelantado/Voto en ausencia emitido en persona (restringido)

¿Qué es el voto por adelantado?
Todos los estados han establecido algún procedimiento para que los votantes puedan emitir sus votos con anterioridad al Día de las Elecciones. En muchos casos, sin embargo, este procedimiento se limita a circunstancias especiales. Algunos estados exigen que los votantes registrados presenten una razón relevante que les impida emitir el voto en persona, el Día de las Elecciones. En D.C. el voto por adelantado se conoce más comúnmente como voto en ausencia. Existen dos formas en las que un votante puede emitir un voto en ausencia:

  • Al voto por adelantado en persona en D.C: se le llama voto en ausencia emitido en persona y éste permite a los votantes emitir un voto en persona.
  • Otra forma de votar por adelantado es emitir un voto por correo que a menudo se denomina voto en ausencia por correo.

El voto en ausencia se limita a los votantes registrados que cumplan con los requisitos y que no puedan acudir al lugar de votación debido a edad o discapacidad, o debido a que se encontrarán fuera de la ciudad el Día de las Elecciones.

Los votantes pueden emitir un voto en ausencia, emitido en persona, en la Oficina de la Junta Electoral y de Ética (441 4th St., NW #250) 14 días antes de la elección. Durante este período, la oficina permanecerá abierta de lunes a sábados, de 8:30 a.m. a 4:45 p.m.

 

Último día para votar en ausencia emitiendo el voto en persona: 4:45 p.m. del día anterior al Día de las Elecciones.


Voto en ausencia/Voto en ausencia por correo (restringido)

Voto en ausencia por correo
Para recibir una boleta de votación en ausencia, los votantes deben completar la solicitud para la Boleta de Votación por Correo, que también se encuentra disponible en http://www.dcboee.org/pdf_files/DCBOEE_AbsenteeBallotRequestForm.pdf o deben comunicarse con la Oficina Electoral.

Voto en ausencia por motivos de emergencia
Los votantes que no puedan acudir a las urnas el Día de las Elecciones debido a un accidente o a una enfermedad repentina que ocurra durante la semana anterior a las elecciones, pueden emitir un voto por motivos de emergencia. Para obtener más detalles, llame al (202) 727-2525.

Servicios especiales
Si usted es una persona de la tercera edad, padece una discapacidad o tiene problemas para leer su boleta de votación, la Junta Electoral lo puede ayudar con:

  • Voto desde la acera
  • Lugares de votación accesibles para sillas de ruedas o caminadores
  • Ayuda para votar
  • Instrucciones para votar impresas en letra grande
  • Cuartos secretos accesibles para sillas de ruedas
  • Servicio TDD para personas con discapacidad auditiva (6398916)

Para obtener más información sobre el voto en ausencia visite: http://www.dcboee.org/faq/voter_reg.asp


Voto provisional (en distrito electoral)

Un "voto provisional" puede considerarse un voto temporal. La ley federal permite que aquellos votantes de los que no se sabe con certeza si cumplen con los requisitos emitan un voto. Un voto provisional no se contabiliza hasta que un funcionario electoral determine si el votante cumple con los requisitos. El voto provisional se estableció en todo el país por la Ley "Help America Vote" de 2002 (HAVA). Esto significa que no se le puede negar el derecho al voto a ninguna persona que dice estar registrada para votar. En D.C. el voto provisional se conoce más comúnmente como "voto especial". Los votos provisionales se contabilizarán si se emiten en el precinto correspondiente.

Votar a través del voto especial en D.C.
Los votantes cuyos nombres no aparecen en la registro de votantes o cuyo derecho a votar está en duda pueden emitir un voto especial. Una vez que la Junta haya determinado que usted es un votante registrado y que cumple con los requisitos para votar en esta elección, su voto será contabilizado. A menos que usted padezca una discapacidad física que le impida acudir al lugar de votación que le fue asignado, deberá emitir su voto especial en el lugar de votación correspondiente, de otro modo no será contabilizado.

Usted debe emitir un voto especial -

  • si se ha MUDADO y están actualizando la información de su domicilio
  • si su NOMBRE no aparece en la lista de registro de votantes pero usted entiende que es un votante registrado y que reúne los requisitos para votar en esta elección y en este lugar de votación
  • si usted completó la solicitud para votar en ausencia pero no recibió la boleta de votación en ausencia por correo
  • si su derecho al voto ha sido cuestionado por el jefe del distrito electoral o un votante registrado o por la Junta Electoral y de Ética de D.C. debido a razones administrativas
  • si usted padece de una discapacidad física que le impide votar en el distrito electoral que le fue asignado debido a su edad o a una discapacidad
  • si usted considera que la lista de registro de votantes es incorrecta.
  • si usted vota por primera vez y se registro por correo pero no llevó el documento de identificación necesario con usted

Para emitir un voto especial debe completar y firmar la "Declaración del Votante" en el sobre y jurar que usted cumple con los requisitos y que la información que está proporcionando es correcta. La Junta enviará el nombre de todo votante que brinde información falsa en este formulario para comenzar un proceso penal (Código Oficial de D.C. Art. 1-1001.07).

Al dorso del formulario de Remisión de Voto Especial que usted recibe cuando emite un voto especial encontrará información sobre cómo averiguar si su voto fue contabilizado y cómo recusar la resolución de la Junta.


Boletas de votación

La entrega de las boletas de votación puede variar según el condado. Comuníquese con la Oficina de la Junta Electoral y de Ética de D.C. para obtener más información sobre la distribución de las boletas de votación. La Junta Electoral y de Ética de D.C. publicará una copia de la boleta de votación en uno o más periódicos de circulación general. Además, las boletas de votación se expondrán en su lugar de votación el día de las elecciones.

Para obtener más información sobre las boletas de votación, por favor visite el sitio en Internet de la Junta Electoral y de Ética de D.C. en http://www.dcboee.org/contactus/
Haga clic aquí para ver una boleta de votación para las elecciones internas presidenciales.


Tipo de elecciones internas (cerradas)

Al registrarse para votar, los votantes pueden elegir "afiliarse" a un partido político. El espacio para elegir la afiliación partidaria se encuentra en el formulario de registro por correo. Los votantes que no desean ser miembros de un partido, pueden marcar el espacio de "sin afiliación partidaria" (independiente) en el formulario de registro.

Por favor tenga en cuenta: El Distrito de Columbia tiene un sistema de elecciones internas cerradas. Los votantes "independientes" y los que estén registrados en partidos minoritarios no pueden votar en las elecciones internas.


 

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